tag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post5479300500634661289..comments2017-12-21T09:54:33.599-08:00Comments on Alberto Borea Odria: SEGUNDA VUELTA: ¿NI OLLANTA HUMALA NI KEIKO FUJIMORI?, Númericamente no es factible lograr la nulidad de las elecciones con votos blancos y viciadosAlberto Borea Odriahttp://www.blogger.com/profile/01307823665321426415noreply@blogger.comBlogger5125tag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post-34833539632131125042011-04-27T23:44:35.593-07:002011-04-27T23:44:35.593-07:00Sr. Borea,
Yo he leído parte del siguiente docume...Sr. Borea,<br /><br />Yo he leído parte del siguiente documento "Ley Orgánica de Elecciones (Nº 26859/97) ", el cual contiene el siguiente artículo:<br /><br />Artículo 365º.- El Jurado Nacional de Elecciones declara la nulidad total de las elecciones en los siguientes casos:<br />1. Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos válidos;<br />2. Si se anulan los procesos electorales de una o más circunscripciones que en conjunto representen el tercio de la votación nacional válida.<br />CONCORDANCIA:<br />Constitución Política del Perú, Art. 184º.<br /><br />El problema es que no concuerdan el Art.184º de la constitución y el Art.365º de la ley orgánica de elecciones, debido a que uno establece la nulidad cuando los votos nulos y en blanco superan los dos tercios de los VOTOS EMITIDOS mientras que el otro establece la nulidad cuando los votos nulos y en blanco superan los dos tercios de los VOTOS VALIDOS. Si podría aclarar este punto, es decir, si existe algún error y cual de los artículos es aplicable para la segunda vuelta.<br /><br />Saludos cordiales,<br />Christian Noboa Mardini<br />cnoboa@gmail.comAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post-37892050612796477772011-04-27T23:41:54.066-07:002011-04-27T23:41:54.066-07:00Sr. Borea,
Yo he leído parte del siguiente docume...Sr. Borea,<br /><br />Yo he leído parte del siguiente documento "Ley Orgánica de Elecciones (Nº 26859/97) ", el cual contiene el siguiente artículo:<br /><br />Artículo 365º.- El Jurado Nacional de Elecciones declara la nulidad total de las elecciones en los siguientes casos:<br />1. Cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos válidos;<br />2. Si se anulan los procesos electorales de una o más circunscripciones que en conjunto representen el tercio de la votación nacional válida.<br />CONCORDANCIA:<br />Constitución Política del Perú, Art. 184º.<br /><br />El problema es que no concuerdan el Art.184º de la constitución y el Art.365º de la ley orgánica de elecciones, debido a que uno establece la nulidad cuando los votos nulos y en blanco superan los dos tercios de los VOTOS EMITIDOS mientras que el otro establece la nulidad cuando los votos nulos y en blanco superan los dos tercios de los VOTOS VALIDOS. Si podría aclarar este punto, es decir, si existe algún error y cual de los artículos es aplicable para la segunda vuelta.<br /><br />Saludos,<br />Christian Noboa Mardini<br />cnoboa@gmail.comAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post-89900426170554744952011-04-26T21:09:16.613-07:002011-04-26T21:09:16.613-07:00Los dos candidatos que pasaron a la segunda vuelta...Los dos candidatos que pasaron a la segunda vuelta, cuyos nombres me es difícil escribir, tienen que enterarse, al final del escrutinio, que hay un buen porcentaje de la población que no está de acuerdo con su pensamiento político, trayectoria personal, plan de gobierno, conducta, valores y principios, etc.<br />Creo que en democracia también es un derecho VOTAR EN BLANCO O VICIADO, porque ese también es un derecho.<br />Que gobierne cualquiera, es un hecho que alguno de ellos lo hará, pero que sepan que hay una población vigilante.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post-2763772843403941962011-04-23T08:45:04.653-07:002011-04-23T08:45:04.653-07:00Despiden a 2 periodistas de el grupo El Comercio (...Despiden a 2 periodistas de el grupo El Comercio (Peru 21, América TV, Canal N, El Comercio, El Trome) por no apoyar a Keiko.<br />.<br />Es un pena enterarnos de estas noticias a través de medios extranjeros, porque en el Perú están tratando de tapar esta noticia o minimizarla. <br />Los tiempos oscuros de la prensa peruana no deben volver, tiempos en los que se influenciaba y hasta compraban medios de comunicación y nadie se enteraba. Lean la nota completa en:<br />.<br />http://www.elmundo.es/america/2011/04/22/noticias/1303426156.htmlAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-920045222838070259.post-40425597342747020182011-04-21T08:23:39.362-07:002011-04-21T08:23:39.362-07:00Estimado Sr. Borea los votos Validos no se refiere...Estimado Sr. Borea los votos Validos no se refieren a votos que reciben cada candidato y los votos viciados o NULOS no son considerados votos validos, no se refiere a votos presentes?? se refiere a votos computados VALIDOS..??Unknownhttps://www.blogger.com/profile/06520854105427494608noreply@blogger.com